La Ley de Bases y Puntos de partida para la libertad de los argentinos fue publicada en el Boletín Oficial el 08/07/2024, con entrada en vigencia el 09/07/2024, más allá de algunos temas que requieren de una reglamentación especial. Consta de 238 artículos, que incluyen temas como la declaración de emergencia, la reforma del Estado, la promoción del empleo registrado, la modernización laboral, la energía y el Régimen de Incentivo de Grandes Inversiones (RIGI).
Aquí les dejamos el link a la ley completa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/310189/20240708
A continuación, realizamos una breve enumeración de algunos puntos relevantes.
1. Declaración de emergencia
El artículo 1° expresa: “Declárase la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año. Deléganse en el Poder Ejecutivo nacional las facultades dispuestas por la presente ley, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y por el plazo dispuesto en el párrafo precedente. El Poder Ejecutivo nacional informará mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos.
En este sentido, se declaró «la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética». Esto le permitirá a Milei contar, hasta mediados de 2025, con facultades que normalmente le corresponden al Poder Legislativo. Así, podrá decidir sobre estos temas sin pasar por el Congreso. No obstante, no será un poder absoluto. Para lograr la aprobación de la ley, el Ejecutivo aceptó algunas limitaciones, como comprometerse a no intervenir ni disolver unos 15 organismos públicos.
Entre ellos, se encuentra el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), que guarda información de personas desaparecidas, para poder determinar la posible filiación de hijos secuestrados y apropiados durante la dictadura.
También dos organismos vinculados al campo: el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
Además, el gobierno se comprometió a garantizar el financiamiento de los organismos incluidos en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Durante el período de facultades delegadas el presidente podrá legislar a través de decretos, que luego deben ser controlados por la misma Comisión Bicameral legislativa que controla los decretos de necesidad y urgencia.
2. El RIGI
El Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) es una de las propuestas más polémicas de la Ley Bases.
El RIGI prevé beneficios impositivos, aduaneros y cambiarios durante 30 años, además de estabilidad normativa y protección contra los abusos del Estado, para proyectos que superen los US$200 millones, con el fin de fomentar grandes inversiones, tanto nacionales como extranjeras, a largo plazo.
Está orientado a sectores considerados estratégicos para el desarrollo del país, como el de la energía, el agro, la minería (incluyendo la extracción de litio) y la infraestructura.
Los proyectos acogidos al RIGI pueden recibir exenciones o reducciones impositivas y facilidades administrativas para la aprobación y puesta en marcha de proyectos.
El gobierno considera al RIGI una herramienta clave para atraer capitales que puedan dinamizar la economía argentina.
3. Cambios en la relación con el Estado
La Ley Bases propone un nuevo esquema en la interacción entre los ciudadanos y la administración pública. Según el proyecto, se busca garantizar ciertos derechos a las personas. Bajo el título “eficiencia burocrática”, la administración pública no podrá solicitar documentos o informes que ya hayan sido presentados en algún momento, como en el trámite del Certificado Único de Discapacidad, para lo que ya no será requerido presentar una copia del DNI.
Además, si la administración pública no responde ante una solicitud específica en el tiempo estipulado, se activará el “silencio administrativo”, otorgándose lo solicitado automáticamente. Esto excluye áreas sensibles como salud pública, medio ambiente y servicios públicos.
4. Impacto en la situación de los empleados públicos
Los empleados de organismos del Estado sujetos a reestructuración podrán ser puestos en disponibilidad por un máximo de un año. Durante este período, recibirán capacitación o se les asignarán tareas en servicios tercerizados. Si no son reasignados en este plazo, serán desvinculados con una indemnización basada en su mejor salario mensual y su antigüedad.
No serán afectados los empleados que sean delegados sindicales con mandato vigente o que estén de licencia por motivos como enfermedad, accidente, embarazo o matrimonio. Una vez vencida la licencia, podrían ser puestos en disponibilidad.
Además, se prohíben durante el horario laboral actividades vinculadas a campañas electorales y partidistas, y a partir del cumplimiento de los requisitos de jubilación, los empleados podrían ser exhortados a iniciar los trámites previsionales.
Dentro de la Ley Bases se establece que el derecho a huelga no podrá ser tomado como un elemento causal de despido, aunque sí se podrá descontar el día a aquellos empleados que paren.
5. Relaciones laborales entre privados
Se introduce un período de prueba de seis meses para nuevos empleados, ampliable a ocho meses o un año dependiendo del tamaño de la empresa. Participar en bloqueos o tomas de la empresa será considerado como injuria laboral grave y justificación para el despido.
También se plantea un fondo de cese laboral como alternativa a las indemnizaciones, financiado con un aporte mensual del empleador que no supere el 8% del salario. Se trata de un sistema similar al que utiliza la UOCRA y que, para aplicarse, deberá ser acordado a través del convenio colectivo de trabajo. Además, se establecerán indemnizaciones agravadas en casos de despido por discriminación.
Para el caso de los trabajadores independientes o monotributistas, podrá contratar a otros tres trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo.
Se advierte que muy claramente «al reducirse el costo de incumplir la ley, se desincentiva su cumplimiento efectivo, por lo que esta modificación tenderá a incrementar el empleo no registrado».
Por otra parte, se crea una nueva figura laboral: el trabajador independiente con colaboradores, que permite a un empleador contratar a hasta cinco personas bajo la categoría de «monotributistas», que no tienen relación de dependencia, lo que hará que aumente la precarización laboral.
6. Obras Públicas
Las obras públicas financiadas por el Estado que superen los $10.000 millones serán canceladas salvo aquellas con avance de ejecución del 80% o más, o que posean financiamiento internacional, afectando infraestructuras como rutas, hospitales y escuelas.
Es uno de los puntos que más rechazan los gobernadores, ya que muchas obras que hasta ahora eran financiadas por el Estado nacional quedarán frenadas o deberán ser afrontadas con fondos o financiamiento propio.
7. Privatizaciones
La Ley Bases permitirá al gobierno poner en venta algunas empresas del Estado.
Sin embargo, no serán todas las compañías del sector público, como proponía el proyecto original que presentó Milei.
Muy lejos de eso, de las cerca de 40 empresas que quedaban “sujetas a privatización” en la propuesta inicial, solo dos, Intercargo, que presta servicios en aeropuertos a las líneas aéreas, y Energía Argentina S.A. (Enarsa), encargada de la exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos y el transporte y almacenaje de combustible, podrán ser privatizadas.
En tanto, Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. (Aysa), los trenes Belgrano Cargas y Logístico S.A, la Sociedad Operadora Ferroviaria y Corredores Viales quedan sujetas a concesión privada, es decir que estén abiertas a incorporar capital privado, según indica el texto de la ley.
Tanto la petrolera estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) como la línea aérea de bandera, Aerolíneas Argentinas, seguirán siendo del Estado, al igual que los medios públicos (Radio y Televisión Argentina).
8. La vuelta del impuesto a las ganancias
La restitución del Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría implicará que algo mas de 800.000 empleados vuelvan a sufrir todos los meses el descuento de parte de sus empleadores.
El Gobierno promulgó el paquete fiscal, que se aprobó junto a la ley Bases, que incluye cambios en el Impuesto a las Ganancias. La modificación vuelve a gravar los ingresos salariales superiores a los $1.800.000 para el caso de los solteros y de $2.100.000 para casados.
La restitución del Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría implicará que algo mas de 800.000 empleados vuelvan a sufrir todos los meses el descuento de parte de sus empleadores.
La nueva ley, no obstante, tiene algunas mejoras respecto de la anterior, como es la mayor progresividad de alícuotas y un incremento significativo de las deducciones.
A continuación, las claves del impuesto elaboradas por el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez:
Derogación del Impuesto Cedular
Este tributo había quedado solo para salarios de más de $2 millones mensuales. La derogación de este gravamen es con efecto retroactivo al 1 de enero. Como los trabajadores por debajo de este salario no abonaron a lo largo de este año, la nueva ley contempla una deducción especial para que no se les genere una deuda.

